Jose Luis Martin @ Abogados, es un despacho de abogados ubicado en la Avenida de España 11, 4º A de Ponferrada 24402 (León), en pleno centro de la Ciudad , con fácil acceso desde el Parking Subterráneo Pérez Colino o desde el Parking de la Avenida de Compostilla.
Nuestra cercanía a las administraciones (Junta de Castilla y León, Ayuntamiento de Ponferrada, Diputación Provincial, INSS, INSS… ) a los Juzgados, Notarias y Registros nos permiten una mayor eficiencia en el trabajo, teniendo nuestra área de influencia en el Bierzo.

Pensando en nuestros clientes y en prestar el mejor servicio, en Jose Luis Martin @ Abogados Ponferrada, hemos adecuado nuestras instalaciones para atender personal y directamente a nuestros clientes, manteniendo la discreción y confidencialidad que los servicios profesionales en el ámbito jurídico demandan.
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DIVORCIO Y FISCALIDAD
Una vez que se ha dictado las sentencia de separación o de divorcio hay que analizar la fiscalidad que se deriva de ello.
1.- IRPF
La declaración de la renta se deberá hacer con respecto a la situación familiar a 31 de diciembre. De esta manera si en esa fecha hubiese sentencia de divorcio, deberá cumplimentarse una declaración por unidad familiar, entendiendo como ésta a cada cónyuge con los hijos a su cargo.
El pagador
Las cantidades desembolsadas no tendrán la consideración de gasto deducible, ni minorarán su base imposible en el IRPF
El receptor
En el caso de la pensión de alimentos a favor de los hijos -estos como receptores y la persona con la que conviven- las cantidades entregadas están exentas de tributar siempre y cuando se perciban en virtud de una decisión judicial.
Cuando quien recibe la pensión es un familiar distinto al hijo. En este caso sí debe declararse y tendrá consideración de rendimiento del trabajo.
2.- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales:
Cuando se liquide el régimen económico matrimonial y corresponda asignar a cada cónyuge la mitad de la vivienda familiar, esa transmisión estará exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
3.- Impuesto sobre el Patrimonio:
Una vez divorciados, los ex-cónyuges sólo deberán declarar el patrimonio individual de cada uno de ellos a efecto de este impuesto.
- Familia
- Matrimonio
- Regímenes económicos matrimoniales
- Nulidad
- Separación
- Divorcios
- Convenio regulador
- Efectos de la admisión de la demanda
- Medidas judiciales
- Medidas provisionales
- Medidas definitivas
- Modificación de medidas
- Impago de alimentos
- Impago de la pensión compensatoria
- Ejecución guarda y custodia
- Ejecución régimen de visitas
- Ejecución uso de la vivienda
- Fiscalidad
- Arrendamientos
- Tarjeta sanitaria
- Pensión de viudedad